Finanzas y Mercados
Estímulos fiscales del Plan México: ¿quién puede aprovecharlos?
Estímulos fiscales del Plan México: ¿quién puede aprovecharlos?
Una empresa que compre maquinaria nueva antes del 31 de diciembre de 2026 puede deducir en un solo ejercicio hasta 91% de su costo, en lugar de depreciarla durante diez años o más. Es el incentivo más amplio para la inversión productiva de los últimos años, y muchas empresas de la región todavía no lo han solicitado.
El decreto de estímulos fiscales del Plan México se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2025, y sus lineamientos el 21 de marzo del mismo año. Ofrece dos beneficios: la deducción inmediata de inversiones en activo fijo nuevo y una deducción adicional de 25% sobre el aumento en el gasto de capacitación e innovación. Los dos tienen una bolsa limitada, requieren autorización previa y exigen condiciones que conviene revisar antes de firmar la compra.
Para Sonora el momento es oportuno. La proveeduría automotriz de Hermosillo, la manufactura electrónica de Nogales, la agroindustria de la Costa y de los valles del sur y la minería del norte del estado están entre los sectores que el decreto premia con los porcentajes más altos.
Lo que establece el decreto
El estímulo está vigente hasta el 30 de septiembre de 2030 y tiene un tope de 30,000 millones de pesos para todo el país: hasta 28,500 millones para la deducción inmediata y hasta 1,500 millones para capacitación e innovación. De ese total, al menos 1,000 millones se reservan para empresas con ingresos de hasta 100 millones de pesos en el ejercicio anterior. En la práctica, quien presente primero un proyecto sólido tiene mejores posibilidades de obtener el beneficio.
Para aplicarlo, el contribuyente necesita:
Estar inscrito en el RFC, con buzón tributario habilitado y e.firma vigente.
Tener opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo.
Presentar un proyecto de inversión ante el Comité de Evaluación, integrado por la Secretaría de Economía, la Secretaría de Hacienda y el Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización.
Obtener la constancia de cumplimiento que emite ese Comité. Sin ella, el SAT no habilita el estímulo en la declaración anual.
La solicitud se acompaña de la constancia de situación fiscal, la opinión de cumplimiento, el poder notarial del representante, las últimas cédulas de cuotas del IMSS, la declaración anual anterior y los CFDI de la inversión. El proyecto de inversión es la pieza que el Comité evalúa con más detalle, así que conviene prepararlo con el mismo cuidado que una solicitud de crédito.
Deducción inmediata de inversiones
El beneficio aplica a bienes nuevos de activo fijo adquiridos entre el 22 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2030. En lugar de depreciar el bien con los porcentajes anuales del artículo 34 o 35 de la LISR, la empresa deduce en un solo ejercicio el porcentaje que fija el decreto sobre el monto original de la inversión.
Hay dos tramos de porcentajes. Las inversiones hechas hasta el 31 de diciembre de 2026 tienen tasas más altas que las de 2027 a 2030. Para quien ya tiene proyectado comprar equipo en los próximos meses, adelantar la compra a este año significa entre 2 y 7 puntos porcentuales más de deducción.
Lo que no se puede deducir
Quedan excluidos el mobiliario y equipo de oficina, los automóviles con motor de combustión interna, el blindaje de vehículos, los bienes que no puedan identificarse individualmente y los aviones, salvo los de fumigación agrícola.
La letra chica
El porcentaje no deducido se pierde. Una deducción inmediata de 67% sustituye al 100% que se deduciría a lo largo de los años. El decreto adelanta el beneficio a cambio de un monto total menor, equivalente en valor presente.
Los bienes deben seguir en uso al menos dos años después del ejercicio de la deducción. Si se venden, se pierden o dejan de ser útiles, el Artículo Tercero da una deducción complementaria calculada con tablas propias.
Solo sirve si hay utilidad. El beneficio se traduce en menos ISR a pagar. Una empresa con pérdidas fiscales o con una base gravable reducida por otros regímenes obtiene poco o nada en el corto plazo.
Deducción adicional por capacitación e innovación
Durante los ejercicios de 2025 a 2030, las empresas pueden deducir un 25% adicional sobre el incremento de su gasto en capacitación o en innovación. Este beneficio se suma a la deducción normal del gasto, que sigue siendo del 100%.
El incremento es la diferencia positiva entre lo gastado en el ejercicio y el promedio de los tres ejercicios anteriores. Para 2026, el promedio se calcula con 2023, 2024 y 2025. Una empresa que gasta cada año lo mismo en capacitación no obtiene nada; el estímulo premia crecer.
Capacitación: debe dar conocimientos técnicos o científicos vinculados con la actividad del contribuyente, y solo cuenta la que reciben trabajadores activos inscritos en el IMSS.
Innovación: incluye proyectos para desarrollar invenciones que puedan patentarse o registrarse como modelo de utilidad, y certificaciones iniciales que permitan a la empresa integrarse a cadenas de proveeduría.
Dos reglas importan especialmente. La deducción adicional debe aplicarse en el mismo ejercicio en que se hace el gasto, porque de lo contrario se pierde el derecho. Además, el estímulo no se considera ingreso acumulable para efectos del ISR.
Quién no puede aprovecharlos
El Artículo Sexto del decreto excluye a los contribuyentes que:
Aparezcan en la lista de operaciones presuntamente inexistentes del artículo 69-B del Código Fiscal.
Tengan créditos fiscales firmes, o exigibles sin garantía suficiente.
Estén en liquidación o tengan cancelados sus sellos digitales.
No cumplan los lineamientos que emite el Comité de Evaluación.
Errores frecuentes
Comprar equipo usado o importado de segunda mano, que no califica como bien nuevo.
Presentar la solicitud tarde, cuando la bolsa disponible ya se redujo.
Vender o dar de baja el bien antes de los dos años sin prever el efecto fiscal.
No aplicar la deducción adicional por capacitación en el mismo ejercicio del gasto.
Tomar el estímulo sin comparar su valor presente con la depreciación normal, sobre todo en empresas con pérdidas o tasas efectivas bajas.
Recomendaciones
El estímulo conviene a empresas con utilidad fiscal, planes de inversión en maquinaria productiva y cumplimiento fiscal en orden. Para ellas, el último trimestre de 2026 es el momento de decidir, porque las compras de este año tienen los porcentajes más altos de todo el periodo.
Revisar la opinión de cumplimiento y corregir cualquier pendiente antes de solicitar.
Clasificar cada bien según la actividad en que se usará y ubicar su porcentaje en el decreto.
Comparar, en valor presente, la deducción inmediata contra la depreciación normal con la tasa efectiva real de la empresa.
Preparar un proyecto de inversión claro, con montos, calendario, empleo y efecto regional.
Documentar desde ahora el gasto en capacitación de los últimos tres años para medir el incremento.
Bien planeado, el estímulo del Plan México no es solo un ahorro de impuestos. Es una forma de financiar con recursos propios la modernización que Sonora necesita para competir por la inversión que llega a la región.



