Economía
¿Por qué el IMSS bloquea la Modalidad 40 de la Ley 73?
Para explicar que es lo que está pasando hoy día en el IMSS, es necesario hacer una reflexión de la situación por la que está atravesando el instituto.
Primero analizar cuál es la problemática por la que está atravesando el imss.
- altos costos financieros; hospitales, medicamentos, personal - incremento de enfermedades crónicas degenerativas - incremento en la atención de personas que no aportan, IMSS BIENESTAR - disminución en sus reservas técnicas, en los últimos 10 años - incremento en las pensiones, ppto. Imss para 2026 5.9 billones.
- pago de pensiones 1.84 billones, 4.59% de su ppto.
- para sostener la pensión de una persona se requiere que 4 trabajadores estén cotizando - hoy día se tienen 2.5 trabajadores para sostener a una persona pensionada, no alcanza - el incremento de la informalidad en los jóvenes
Ante este presente y lo que se le viene a futuro de seguir en estas condiciones el instituto se enfrenta a una complicada situación financiera, sobre todo en materia de pensiones, donde se estima que de seguir la tendencia de los trabajadores que ya están entrando a la edad de retiro y cuya tasa de crecimiento para pensión, es del 46%, el gobierno se ve en la necesidad de poner freno en el corto plazo al articulo 218 de la Ley del IMSS, para darse un tiempo para analizar las medidas apropiadas para hacerle frente al problema económico que ya tiene encima.
¿QUÉ ES MODALIDAD 40?
La Modalidad 40 (oficialmente llamada Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio) es un esquema del IMSS que permite a las personas seguir cotizando por su cuenta cuando ya no tienen una relación laboral formal. SIC, LEY 73 IMSS
Esto se da a conocer con las primeras personas que empiezan a realizar sus trámites de pensión a inicios del 2000, trabajador y licenciados que escudriñan más la ley y se encuentran con éste artículo, y las ventajas que se tienen para el incremento de pensión.
¿Para qué sirve?
- Incrementar el Salario Base de Cotización (SBC): Permite registrar un salario más alto para mejorar el monto de la futura pensión (especialmente útil para quienes cotizan bajo la Ley del Seguro Social de 1973).
- Acumular semanas cotizadas: Ayuda a sumar semanas para cumplir con los requisitos de retiro.
- Conservar derechos de pensión: Evita que se pierda la vigencia de derechos tras dejar un empleo
Principales requisitos
- Baja laboral: Haber dejado de trabajar con un patrón (se debe tramitar dentro de los 5 años posteriores a la baja).
- Semanas mínimas: Tener al menos 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años.
- Régimen: Aplica principalmente para la Ley 73 - No incluye servicios médicos (atención hospitalaria, consultas o maternidad).
- El costo se paga de manera particular (mensual, bimestral o anual) según el salario con el que decidas registrarte.
- Derecho a ser retroactivo. Teniendo su conservación de derechos.
Con el decreto publicado el pasado 21 de octubre 2026 en el DOF, acuerdo tomado por el Consejo Técnico del IMSS, se modifica en los siguiente:
Principales Acuerdos y Cambios
- Límite al salario base de cotización: Las nuevas incorporaciones ya no pueden elegir libremente cotizar hasta por 25 UMA; ahora toman como referencia el último salario base de cotización registrado al momento de la baja, con la posibilidad de incrementarlo únicamente hasta una UMA adicional.
- Fin de los pagos retroactivos: Se elimina la posibilidad de contratar o pagar periodos de inscripción de manera retroactiva.
- Respeto a derechos adquiridos: Quienes ya estaban inscritos en la Modalidad 40 antes de la entrada en vigor del acuerdo (21 de octubre de 2026) conservan las condiciones, salarios y términos contratados hasta que concluya su periodo.
- Inscripción digital: Se instruye al IMSS para adaptar y habilitar los procedimientos de solicitud a través de mecanismos electrónicos.
- Prohibición de simultaneidad: No se permite la contratación de esta modalidad al mismo tiempo que se está registrado en el régimen de trabajador independiente - Revisión financiera: El Consejo Técnico ordenó realizar un análisis técnico y financiero durante un periodo de 60 meses/seis meses para evaluar los efectos y la sostenibilidad de la Continuación Voluntaria
¿A quienes afecta esta nueva disposición?, a todos aquellos trabajadores que ya estaban listos para iniciar su trámite de inscripción a esta modalidad 40, porque con los nuevos requisitos en este compás de espera de seis meses, se tienen que ajustar a la disposición.
Sin embargo la pregunta sigue en el aire en cuanto a la legalidad de dicha disposición, ya que dicho decreto no puede estar por encima de la ley, aun cuando sea publicado en el diario oficial de la federación, pero esto se lo tendremos que dejar a los encargados de vigilar los asuntos legales en esta materia.



